DA CONGRESO ENTRADA A INICIATIVA QUE BUSCA CAPACITAR A PERSONAL ASESOR EN MATERIA LABORAL

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• Trabajadores de la Junta de Conciliación y Arbitraje, Tribunal de Arbitraje y Procuraduría del Trabajo sean certificados en materia laboral por instituciones reconocidas y de prestigio.
• Garantizar a las personas su derecho humano al debido proceso en el juicio laboral, las partes deben estar asesoradas por profesionista.
• Iniciativa turnada a Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su discusión y, en su caso, dictaminación.

Pachuca de Soto, Hidalgo.- El Congreso de Hidalgo dio entrada a la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo 37 de la Ley Orgánica De La Administración Pública para el Estado de Hidalgo, para que el personal que labora en la Junta de Conciliación y Arbitraje, Tribunal de Arbitraje y Procuraduría del Trabajo sea certificado en materia laboral por instituciones reconocidas y de prestigio.

A propuesta de la diputada del Grupo Legislativo del Partido Encuentro Social (PES), Viridiana Jajaira Aceves Calva, es indudable que el personal que labora en la Junta de Conciliación y Arbitraje, Tribunal de Arbitraje y Procuraduría del Trabajo debe tener una clara comprensión de cuáles son los derechos y obligaciones tanto del trabajador como del patrón, prestaciones de seguridad social que ampara la constitución federal, las leyes federales y locales, en el campo del derecho laboral.

Aceves Calva señaló que para garantizar a las personas su derecho humano al debido proceso en el juicio laboral, las partes deben estar asesoradas por profesionista en derecho según refieren las jurisprudencias de la corte que he referido.

Sin embargo, refirió, ese tema no está completo si el personal que labora en esos entes citados no está capacitado; además de ser abogados, por lo que sin duda la Secretaría del Trabajo, deberá velar porque ese personal esté apto y de esa manera la justicia laboral pueda darse.

La legisladora del PES manifestó que la prontitud se traduce en la obligación de las autoridades jurisdiccionales de resolver las controversias dentro de los términos y plazos que establezcan las leyes de la materia; en el caso de justicia laboral, los términos consagrados en cada etapa, hoy en día, son complejos por el poco personal que integra las juntas de conciliación y arbitraje y por su falta a veces de conocimiento en materia laboral, ya que con ello se va a lograr ese derecho.

Recordó que las diferencias que se suscitan entre el patrón y sus trabajadores se resuelven en estos tribunales; y dentro de sus funciones primordiales están conciliar, analizar la demanda para en su caso realizar las prevenciones correspondientes, verificar que las notificaciones se hayan realizado conforme a la ley.

Comentó, las dependencias citadas deberán estar capacitando a ese personal en instituciones dignas de ello y reconocidas, por lo que la Secretaría del Trabajo debe buscar mecanismos para que esa capacitación se dé y el personal tenga ese perfil.

En ese sentido, se propone reformar el Artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo, a fin de quedar como sigue:

“Artículo 37.- A la Secretaría de Trabajo y Previsión Social Corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
XXVIII.- Los demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos.
XXVIII.- Promover que el personal que labore en la Junta de Conciliación y Arbitraje, Tribunal de Arbitraje y Procuraduría del Trabajo sea certificado en materia laboral por instituciones reconocidas y de prestigio”
Por lo anterior, la citada iniciativa fue turnada a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales para su discusión y, en su caso, dictaminación.


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