COMUNICADO: MEDIDAS SANITARIAS PARA EL COMERCIO

Pachuca de Soto, Hidalgo.- Con base en el acuerdo por el que se establecen las medidas sanitarias inmediatas para la prevención y control de la enfermedad COVID-19 causada por el virus SARS-CoV-2 en el Estado de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo de fecha 19 de marzo de 2020 modificado mediante diversos publicados en el mismo medio, los dĆas 19 de mayo y 21 de diciembre de 2020, siendo la Ćŗltima modificación el dĆa 04 de enero de 2021; y siendo la Ćŗltima modificación el 07 de febrero de 2021; se determinan las siguientes medidas sanitarias que se deberĆ”n seguir por parte del comercio :
1. Se suspenden las actividades en los siguientes establecimientos
⢠Antros, bares, cantinas, centros nocturnos, boliches, billares y similares.
⢠Juegos mecÔnicos, ferias y electrónicos infantiles.
⢠Eventos sociales en salones de fiestas: bodas, bautizos, etc.
⢠Evento de cualquier Ćndole masivos (museos, teatros y eventos culturales).
⢠Balnearios, parques acuÔticos y centros recreativos.
2. SeguirĆ”n funcionando los comercios de artĆculos esenciales (abarrotes, miscelĆ”neas, cremerĆas, verdulerĆas, fruterĆas, carnicerĆas, pollerĆas, panaderĆas, etc.) en un horario de 8:00 a 19:00 Hrs.
3. PanaderĆa Horario de 8:00 a 20:00 Hrs.
4. Farmacia, consultorio mƩdico, consultorio dental 24Hrs.
5. Regalos y novedades, dulcerĆas, bazares, boutique, zapaterĆas, mueblerĆa, perfumerĆa, mercerĆa, productos de belleza, lavanderĆas, florerĆas, pastelerĆas, etc. Horario de 09:00 a 19:00 Hrs.
6. Plazas comerciales, tiendas departamentales (Soriana; Bodega Aurrera, Coppel, Elektra). Horario de 09:00 a 19:00 Hrs. aforo mƔximo del 30% de su capacidad.
7. Gimnasios y centros deportivos horarios de 07:00 a 13:00 Hrs. y de 17:00 a 19:00 Hrs. Con un aforo mƔximo del 20% de su capacidad en espacio cerrado y 40% al aire libre.
8. Restaurantes, cocinas económicas y de mÔs que expendan alimentos para consumo en el lugar. Horario de 08:00 a 19:00 Hrs. Con un aforo mÔximo del 20% de mesas ocupadas en espacio cerrado y 30% en espacio abierto.
9. Comercio de alimentos matutinos (tamales, atoles, tortas, puestos semifijos que se encuentren incluidos en el padrón comercial de reglamentos). 06:00 a 10:00 Hrs.
10. Comercios de alimentos vespertinos en la vĆa pĆŗblica tacos, antojitos mexicanos, etc) horario de servicio de 18:00 a 22:00 Hrs. Con una hora mĆ”ximo para su cierre y un aforo del 20% de mesas ocupadas en espacio cerrado y 30% en espacio abierto.
11. Comercios de alimentos vespertinos establecidos (cenadurĆas, tacos, antojitos mexicanos, etc.)
12. Establecimientos para el hospedaje podrÔn laborar con una ocupación mÔxima del 30% de su capacidad las Ôreas comunes deberÔn permanecer cerradas.
13. Mercados, tianguis y supermercados, solo podrƔn laborar con un aforo mƔximo del 30% de su capacidad, se instalarƔn filtros sanitarios en los accesos, uso de gel antibacterial, uso obligatorio de cubrebocas, toma de temperatura, el horario de apertura serƔ a las 08:00 Hrs.y el horario mƔximo de cierre serƔ a las 18:00 Hrs. Puestos de alimentos aforo mƔximo del 30% de mesas ocupadas.
14. Centros y canchas deportivas solo podrÔn funcionar para eventos deportivos profesionales a puerta cerrada y en espacios cerrados no podrÔ haber ningún tipo de evento deportivo.
15. Salones de belleza, barberĆas, peluquerĆas y estĆ©ticas, sólo tendrĆ”n servicio por cita o a domicilio. Con un horario de servicio de 09:00 a 19:00 Hrs. Con un aforo mĆ”ximo de 25% de su capacidad. Servicio a niƱas, niƱos, adultos mayores y mujeres embarazadas en horario de 11:00 a 14:00 Hrs.
16. Cines aforo mÔximo del 25% de su capacidad, colocación obligatoria de filtros sanitarios en los accesos.
17. Centros de negocios, iglesias y templos aforo mÔximo del 25% de su capacidad, colocación obligatoria de filtros sanitarios en los accesos.
18. Continúa suspendida la venta de bebidas alcohólicas.
Se deberÔn reforzar las medidas de prevención e higiene en los establecimientos, uso obligatorio de cubrebocas por parte del personal que atiende el establecimiento y la exigencia a los clientes, aplicación de gel antibacterial, toma de temperatura al ingresar al lugar, sanitización constante del espacio y todas aquellas medidas llevadas hasta el momento. Medidas que deberÔn ser aplicadas a partir de la fecha, hasta en tanto no se emitan nuevas disposiciones al respecto.
El desconocimiento de estos decretos y medidas no exime de su cumplimiento por lo que se vigilarÔ por parte de la Dirección de Reglamentos y EspectÔculos Públicos, Sanidad Municipal, Protección Civil y Seguridad Pública el cumplimiento de estas medidas y aplicando las sanciones correspondientes.
Gobierno Municipal de Tepeji del RĆo de Ocampo, Hgo.